Cuenta la Ciudad de México con una nueva Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural

Publicado el 31 Octubre 2020
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SC/CDPC/0806-20

La Secretaría de Cultura capitalina celebra la publicación, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 29 de octubre de 2020, del Decreto de Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México, legislación de avanzada que asegura una coordinación constante entre el Gobierno local, el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), en pleno apego a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Históricos y Artísticos.

Aprobada por el Congreso de la Ciudad de México el pasado 24 de septiembre, la nueva ley significa un éxito para este órgano legislativo y una aportación de autoridades, comunidad cultural, expertos, defensores del patrimonio y sociedad civil para dotar de más y mejores fundamentos a la protección del patrimonio cultural, natural y biocultural de la capital del país.

Incorpora en su texto los lineamientos más importantes en la materia determinados por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), en la Convención del Patrimonio Mundial de 1972, en la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de 2003 y en la “Recomendación sobre el paisaje urbano histórico”, documento aprobado en 2011 por la Conferencia General del organismo.

Con un total de 84 artículos y diez transitorios, la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México se vislumbra como un nuevo ordenamiento progresista y de amplio alcance, toda vez que incorpora elementos de los que carecía la pasada normatividad, y agrega, además, de una manera más decisiva, la participación de la ciudadanía en el cuidado de la riqueza patrimonial de la Ciudad de México.

Dicha ley es el producto de más de un año y medio de intenso trabajo realizado a partir de una serie de foros, mesas y consultas con expertos, comunidad cultural, autoridades, defensores del patrimonio y ciudadanía, y se caracteriza por dotar de facultades a la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México y a las 16 alcaldías para proteger de mejor manera su patrimonio cultural, garantizando además los recursos necesarios para tal fin.

Aunado a la nueva legislación, en la Gaceta Oficial del jueves 29 se derogó la anterior Ley de Salvaguarda del Patrimonio Urbanístico Arquitectónico del Distrito Federal.

Integración

El Artículo 1 establece que la ley tiene por objeto “Garantizar los derechos humanos relativos a la identificación, registro, preservación, protección, conservación, revalorización, restauración, investigación, difusión y enriquecimiento del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural”, y “Definir los lineamientos que el Gobierno de la Ciudad y las Alcaldías observarán para garantizar la salvaguarda del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural”, además de “Establecer los mecanismos de participación social y coordinación con autoridades, en la identificación, preservación, protección y transmisión del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural”.

Para ello, el Artículo 2 define que “se considera Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México, los elementos y manifestaciones materiales e inmateriales de la actividad humana y del entorno natural a los que se reconoce por tener un valor excepcional con significado social, y que requieren ser salvaguardados”.

Asimismo, en el Artículo 5 de la nueva ley se especifica que “La salvaguarda del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad corresponde a las autoridades, instituciones públicas y privadas, y en general a todas las personas que habitan y visitan la Ciudad”, y que el Gobierno de la Ciudad de México coadyuvará así, en términos de la Legislación Federal de la materia, para la protección de las Zonas y Monumentos Arqueológicos, Históricos y Artísticos que se ubiquen dentro del territorio de la Ciudad, que sean competencia del ámbito federal”.

Debido a los alcances de la nueva Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México, participarán en su aplicación la Jefatura de Gobierno, Secretaría de Administración y Finanzas, Secretaría de Cultura, Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación; Secretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes; Secretaría de Turismo, Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial y las 16 Alcaldías.

Con los representantes de cada una de dichas instituciones se conformará la Comisión Interinstitucional del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México, así como su Consejo Social Consultivo, que deberá observar los principios de paridad de género, igualdad sustantiva y la representación proporcional de personas vinculadas a la salvaguarda y/o investigación del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural, en este último --se subraya—“se deberá garantizar que sean pertenecientes a un pueblo o barrio originario, o comunidad indígena residente o afromexicana de la Ciudad”.

Asimismo, el Artículo 65 de la ley establece que se deberá crear la Comisión de la Memoria Histórica de la Ciudad, como órgano administrativo desconcentrado adscrito a la Secretaría de Cultura, dotada de autonomía de gestión y función. Este será el órgano encargado de investigar, organizar, sistematizar, registrar, publicar y difundir la memoria histórica de la Ciudad, mediante registro sonoro, escrito, documental, digital, fotográfico y demás técnicas y tecnologías a su alcance, que describa la Ciudad para las generaciones presentes y futuras.

Para el cumplimiento de estos nuevos ordenamientos, el Gobierno de la Ciudad de México tendrá entre sus facultades expedir el Reglamento de ley, emitir declaratorias de protección en la materia y propiciar convenios de colaboración nacionales e internacionales para la protección y difusión del patrimonio, entre otras medidas.

Con la creación de la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México se cumple el Artículo 18 de la Constitución de la Ciudad de México que ordena la “salvaguarda del patrimonio histórico y un marco normativo que así lo garantice”, por lo que esta nueva ley se considera una aportación que la Ciudad de México hace al país en materia de protección al patrimonio.

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